La Unión Europea ha destinado ciertos fondos económicos (conocidos como “Fondos Next Generation EU”, dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia) para reactivar la economía y el empleo en Europa, debido a la crisis económica que provocó en su momento el COVID-19.
Entre otras medidas, se ha definido un programa destinado a la digitalización: el Kit Digital. Este programa cuenta con 3.067 millones de euros a fondo perdido, que permitirán a empresas y profesionales adoptar e implantar herramientas para más competitivas: desarrollo web, comercio electrónico, redes sociales, ciberseguridad, etc.
En este artículo, te explicaremos las características de la ayuda (qué es, para quién…), algunas dudas frecuentes, características de los servicios principales y, por si te interesa, una guía práctica para solicitarla, si es que lo quieres hacer por tu cuenta. ¡Empezamos!
Resumen del contenido
- 0.1 ¿Qué es el “bono digital“?
- 0.2 ¿Qué tipo de ayuda es?
- 0.3 ¿Quién solicita el Kit Digital?
- 0.4 ¿Cuál es la cuantía del bono digital?
- 0.5 Ampliación de 1.000€ para bonos consumidos o caducados. ¿Me corresponde?
- 0.6 ¿Debo cumplir algún requisito?
- 0.7 ¿Puedo seleccionar varios servicios y/o varios Agentes?
- 0.8 ¿Y si no cubro el total del bono?
- 0.9 ¿Debo contratar los servicios con quién me gestiona el bono?
- 0.10 ¿Quién cobra el Kit Digital?
- 0.11 ¿Tengo que pagar o adelantar algo?
- 1 Todo tipo de proyectos web y ecommerce
- 2 Puesto de trabajo seguro: 1.000€ para un ordenador
- 3 Otros servicios
- 4 ¿Cómo solicito mi bono para el Kit Digital? Guía práctica
¿Qué es el “bono digital“?
El “bono digital” es la ayuda del citado “Kit Digital“, cuya cuantía oscila entre 3.000 y 29.000 €, dependiendo del tipo de negocio (en función del nº de empleados) y del tipo de solución que necesites:
- Presencia web: desarrollo y actualización de páginas web, alojamiento, dominios, etc.
- Comercio electrónico: desarrollo y actualización de soluciones de ecommerce
- Posicionamiento SEO en buscadores
- Ciberseguridad
- Puesto de trabajo seguro (el famoso ordenador por 1.000€) para autónomos y empresas de 0/2 trabajadores
- Gestión telemática de clientes (CRM)
- Gestión de redes sociales
- Factura electrónica.
- Gestión y automatización de procesos.
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Business Intelligence y Analítica.
- Comunicaciones seguras.
- Servicios con I.A. (para empresas de +50 trabajadores)
En nuestro caso, nuestra empresa propietaria es un Agente Digitalizador oficial, y podrá gestionar los servicios de Presencia web, Comercio electrónico, Posicionamiento SEO, Ciberseguridad, Gestión de clientes, Facturación electrónica y Puesto de trabajo seguro (ordenador). Es decir, podremos desarrollar, mantener, actualizar, alojar y posicionar tu web o tienda online bajo esta subvención, así como ofrecerte seguridad para tus dispositivos y web, la configuración de un CRM o software de facturación, o la entrega de un equipo informático.
¿Qué tipo de ayuda es?
Es de concurrencia no competitiva (puedes optar a la ayuda por el hecho de cumplir los requisitos, por orden de solicitud hasta agotar los fondos) y se entrega en forma de “bono digital“, que será canjeable en las soluciones digitales que desees, hasta agotarlo.
Serán subvencionables el 100% del coste de los servicios, excepto el IVA o cualquier otro impuesto. Tampoco serán subvencionables equipos, licencias, etc.
¿Quién solicita el Kit Digital?
Cada beneficiario debe realizar la solicitud (de manera telemática) por sí mismo o solicitando la ayuda de un tercero (como nosotros). Más adelante veremos cómo gestionar la ayuda en la práctica.
Una vez concedido, el beneficiario deberá seleccionar uno o varios Agentes Digitalizadores (como nuestra empresa propietaria), que son empresas y profesionales que, cumpliendo ciertos requisitos de facturación anual y experiencia previa, han sido designadas por el Gobierno para gestionar el “bono digital”, y que se encargarán de prestar el servicio y de hacer las gestiones oportunas.
¿Cuál es la cuantía del bono digital?
En función del nº de trabajadores/as, la cuantía del bono será la siguiente:
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados. 12.000€
Segmento II. Autónomos/as y micro empresas de entre 3 y 9 empleados. 6.000€
Segmento III. Autónomos/as y micro empresas de 1 o 2 personas. 3.000€ (antes eran 2.000€)
Segmento IV. Empresas de entre 50 y 99 empleados. 24.000€ (apertura de segmento prevista en octubre 2024)
Segmento V. Empresas de entre 100 y 249 empleados. 29.000€ (apertura de segmento prevista en octubre 2024)
A su vez, existen determinados importes máximos a consumir en cada uno de los servicios canjeables con el bono, hasta agotarlo. En caso de que el importe del servicio contratado sea superior al importe del bono, deberás abonar la diferencia al Agente Digitalizador. Es decir si, por ejemplo, contratas una tienda online por valor de 2.500€ pero tienes 2.000€ de bono para ese servicio, deberás abonar los 500€ de diferencia directamente al Agente.
Ampliación de 1.000€ para bonos consumidos o caducados. ¿Me corresponde?
Si cumples los requisitos, sí, dispondrás de 1.000€ adicionales, únicamente para beneficiarios del segmento III. Entonces, si pediste el bono:
- De junio de 2024 en adelante, te darán directamente 3.000€.
- Antes de junio de 2024 y te caducó, tendrás que volver a pedirlo. El nuevo bono será de 3.000€.
- Antes de junio de 2024 y ya lo has consumido total o parcialmente, puedes pedir la ampliación de 1.000€ para consumir en cualquiera de los servicios subvencionables (menos, obviamente, los servicios en los que ya lo hayas consumido).
- Antes de junio de 2024 y aún no lo has consumido, puedes pedir la ampliación de 1.000€, y así dispondrás de 3.000€ en vez de los 2.000€ iniciales.
¿Debo cumplir algún requisito?
Sí. Podrán beneficiarse del Kit Digital las pequeñas empresas de hasta 249 trabajadores, microempresas y autónomos/as que cumplan los siguientes requisitos principales:
- Tener la consideración de autónomo/a (no societario ni colaborador), o de pequeña empresa o microempresa (no sociedades civiles, ni comunidades de bienes, UTEs o empresas públicas) conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014
- Estar dados de alta en Hacienda y tener la antigüedad mínima exigida (6 meses)
- No tener la consideración de empresa en crisis
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No superar el límite de ayudas en régimen de minimis conforme a lo establecido en el artículo 2.3 de las bases reguladoras
- Cumplir y garantizar el principio de no causar daño significativo, recogido en el Reglamento (UE) 2020/852
- Hacer el test de madurez digital, disponible en la plataforma Acelera PYME (lo veremos más adelante)
¿Puedo seleccionar varios servicios y/o varios Agentes?
Sí, podrás consumir tu “bono digital” en varios servicios a tu elección, y con los proveedores que desees. Es decir, aunque operativamente sea lo más cómodo, no necesariamente tienes que contratar todo con el mismo Agente Digitalizador. Puedes seleccionar a varios que presten servicios diferentes, hasta consumir el total del bono.
¿Y si no cubro el total del bono?
Puede darse el caso de que el importe de tu “bono digital” exceda del importe de los servicios deseados. Imagina que tienes 6.000€, quieres dedicar 2.000€ a web y otros 2.000€ a SEO, pero no quieres consumir el resto porque son servicios que no necesitas. En ese caso, podrás consumir los 4.000€ que necesitas, y rechazar los 2.000€ que no necesitas. No es algo habitual, pero ilustra el hecho de que, con tu bono, puedes “hacer lo que quieras”.
¿Debo contratar los servicios con quién me gestiona el bono?
No. Eres libre de decidir con quién gestionas tu bono, sin injerencias ni presiones, incluso aunque haya sido un Agente el que lo haya solicitado por ti.
¿Quién cobra el Kit Digital?
Al contrario que en otras subvenciones, no deberás adelantar nada. De hecho, el dinero de la subvención no llegará a tu cuenta. Será el Agente Digitalizador que haya desarrollado la solución digital el que reciba el importe del bono, dividido en 2 partes: el 70% 3 meses después (aprox) de ejecutar el servicio, y el resto 12 meses después. Sí, el Agente estará adelantando dinero y trabajo muchos meses antes de llegar a cobrarlo, así que intenta facilitarle las cosas durante el proceso :)
¿Tengo que pagar o adelantar algo?
De la factura emitida, se hará cargo íntegramente el Kit Digital, sin pagos ni adelantos por tu parte. Tan solo deberás abonar el IVA (que te desgravarás en el siguiente trimestre) y cualquier elemento no subvencionable.
Además, deberás abonar la diferencia entre el importe del servicio y la cuantía máxima, de haberla. Ejemplo: contratas una tienda online de importe 3.000€+IVA. El máximo subvencionable son 2.000€, por lo que deberás abonar la diferencia (1.000€) más el IVA íntegro de la factura.