La Unión Europea ha destinado ciertos fondos económicos (conocidos como “Fondos Next Generation EU”, dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia) para reactivar la economía y el empleo en Europa, debido a la crisis económica provocada el COVID-19.

Entre otras medidas, se ha definido un programa destinado a la digitalización: el Kit Digital. Este programa cuenta con 3.067 millones de euros a fondo perdido, que permitirán a empresas y profesionales adoptar e implantar herramientas para más competitivas: desarrollo web, comercio electrónico, redes sociales, ciberseguridad, etc.

En este artículo, te explicaremos las características de la ayuda (qué es, para quién…) y, probablemente, lo que más te interesa: una guía práctica para solicitarla. ¡Empezamos!

Solicitar Kit Digital

¿Qué es el “bono digital”?

El “bono digital” es la ayuda del citado “Kit Digital“, cuya cuantía oscila entre 2.000 y 12.000 €, dependiendo del tipo de negocio (en función del nº de empleados) y del tipo de solución que necesites:

  • Presencia web: desarrollo de páginas web, alojamiento, dominios, etc.
  • Comercio electrónico: desarrollo de soluciones de ecommerce.
  • Posicionamiento SEO en buscadores.
  • Ciberseguridad.
  • Gestión telemática de clientes (CRM).
  • Gestión de redes sociales.
  • Factura electrónica.
  • Gestión y automatización de procesos.
  • Servicios y herramientas de oficina virtual
  • Business Intelligence y Analítica.
  • Comunicaciones seguras.
  • Marketplaces.

En nuestro caso, nuestra empresa propietaria es un Agente Digitalizador oficial, y podrá gestionar los servicios de Presencia web, Comercio electrónico, Posicionamiento SEO, Ciberseguridad, Gestión de clientes, Redes Sociales y Factura Electrónica. Es decir, podremos desarrollar, mantener, actualizar, alojar y posicionar tu web o tienda online bajo esta subvención, así como ofrecerte seguridad para tus dispositivos y web, la configuración de un CRM o un sistema de e-factura, o la gestión de tus perfiles en RRSS.

¿Qué tipo de ayuda es?

Es de concurrencia no competitiva (puedes optar a la ayuda por el hecho de cumplir los requisitos, por orden de solicitud hasta agotar los fondos) y se entrega en forma de “bono digital“, que será canjeable en las soluciones digitales que desees, hasta agotarlo.

Serán subvencionables el 100% del coste de los servicios, excepto el IVA o cualquier otro impuesto. Tampoco serán subvencionables equipos, licencias, etc.

¿Quién gestiona las ayudas del Kit Digital?

Cada beneficiario debe realizar la solicitud (de manera telemática) por sí mismo o solicitando la ayuda de un tercero (como nosotros). Más adelante veremos cómo gestionar la ayuda en la práctica.

Una vez concedido, el beneficiario deberá seleccionar uno o varios Agentes Digitalizadores (como nuestra empresa propietaria), que son empresas y profesionales que, cumpliendo ciertos requisitos de facturación anual y experiencia previa, han sido designadas por el Gobierno para gestionar el “bono digital”, y que se encargarán de prestar el servicio y de hacer las gestiones oportunas.

¿Cuál es la cuantía del bono digital?

En función del nº de trabajadores/as, la cuantía del bono será la siguiente:

Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados. 12.000€

Segmento II. Autónomos/as y empresas de entre 3 y 9 empleados. 6.000€

Segmento III. Autónomos/as o empresas de 1 o 2 personas. 2.000€

A su vez, existen determinados importes máximos a consumir en cada uno de los servicios canjeables con el bono, hasta agotarlo. En caso de que el importe del servicio contratado sea superior al importe del bono, deberás abonar la diferencia al Agente Digitalizador. Es decir si, por ejemplo, contratas una tienda online por valor de 3.000€ pero tienes 2.000€ de bono, deberás abonar los 1.000€ de diferencia directamente al Agente.

¿Debo cumplir algún requisito?

Sí. Podrán beneficiarse del Kit Digital las pequeñas empresas de hasta 49 trabajadores, microempresas y autónomos/as que cumplan los siguientes requisitos principales:

  • Tener la consideración de autónomo/a (no societario ni colaborador), o de pequeña empresa o microempresa (no sociedades civiles, ni comunidades de bienes, UTEs o empresas públicas) conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014
  • Estar dados de alta en Hacienda y tener la antigüedad mínima exigida (6 meses)
  • No tener la consideración de empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No superar el límite de ayudas en régimen de minimis conforme a lo establecido en el artículo 2.3 de las bases reguladoras
  • Cumplir y garantizar el principio de no causar daño significativo, recogido en el Reglamento (UE) 2020/852
  • Hacer el test de madurez digital, disponible en la plataforma Acelera PYME (lo veremos más adelante)

¿Cómo solicito mi bono para el Kit Digital? Guía práctica


Después de explicarte la teoría acerca del Kit Digital, vamos a lo que te interesa: cómo solicitarlo. Si ves que es complicado para ti, o no quieres perder el tiempo, descuida: lo haremos nosotros por ti. Sin coste, y sin compromiso alguno de contratación.

Previo: ¿Cumples los requisitos? ¿Necesitas alguno de los servicios subvencionados?

Parece obvio pero, antes de solicitar la ayuda, piensa en qué servicios subvencionados de los ofertados necesitas para tu negocio, y comprueba que cumples los requisitos (máximo de empleados, al día con Hacienda y Seguridad Social, etc.).

Paso 1: Regístrate en la web Acelera PYME

Lo primero que deberás hacer será registrarte en la web que el Gobierno ha habilitado para gestionar esta ayuda (entre otras cosas): Acelera PYME. Para ello:

Formulario Kit Digital

  • Rellena los datos del negocio: razón social (o nombre y apellidos del autónomo/a), NIF, región, CNAE, nº de trabajadores, antigüedad… Pulsa el botón “Continuar
  • Verás una vista previa de los datos introducidos (que podrás editar si son erróneos), y deberás pulsar el botón “Finalizar registro
  • Te llegará un correo de verificación. Sigue las indicaciones, y tu actividad ya estará registrada.

Paso 2: Test de autodiagnóstico

Otro paso imprescindible es la realización de un test online de autodiagnóstico, para determinar tu grado de madurez digital. Para ello:

  • Accede a https://www.acelerapyme.gob.es/user/login e indica tu usuario y contraseña para iniciar sesión.
  • En tu área privada, verás la sección “Realiza tu autodiagnóstico” y 3 recuadros, con diferentes tests: “Test de diagnóstico digital“, “Autoevaluación de transformación digital” y “Autoevaluación de seguridad“. Aunque es interesante que los realices todos para saber en qué punto se encuentra tu negocio en esos ámbitos, será el primero (“Test de diagnóstico digital“) el que tendrás que realizar para solicitar el bono. Son 13 preguntas muy sencillas, la mayoría de Sí/No, que no te llevará responder más de 10 minutos (de verdad).

Test de diagnóstico digital

  • Una vez realizado, tendrás acceso al resultado de tu test, y una comparativa con los resultados medios del resto de solicitantes. Estos indicadores servirán como criterio de concesión (a mayor grado de digitalización previa, menor necesidad de subvención).

Resultado test de diagnóstico digital

Paso 3: Apúntate a la convocatoria

Finalmente, deberás realizar la solicitud online. Ya están abiertas todas las convocatorias:

  • Segmento I (empresas de 10 a 49 empleados): se abrió el pasado 15 de marzo, y vence el 15 de marzo de 2023
  • Segmento II (autónomos/as y empresas de 3 a 9 empleados): se abrió el pasado 2 de septiembre, y tiene una duración de 1 año.
  • Segmento III (autónomos/as y empresas de hasta 2 empleados): se abrió el pasado 20 de octubre, y tiene una duración de 1 año.

Para realizar la solicitud, accede a Red.es y pulsa en la ayuda que corresponda (en este caso, la “C015/22-SI“). Verás información sobre la ayuda, plazos, documentos descargables, etc. Pulsa en “Acceder al trámite“, y accede a con tu certificado digital o mediante Cl@ve.

Tramitar Kit Digital

Finalmente, rellena online la solicitud del bono indicando los datos que te piden.

Una vez te notifiquen la concesión del bono y su cuantía, podrás seleccionar a los Agentes Digitalizadores que llevarán a cabo la prestación de los servicios subvencionados, mediante la firma de un acuerdo. Deberás abonar el IVA y los gastos no subvencionables (de haberlos); el resto, ¡a coste 0!

¿Te interesa que nuestra empresa matriz sean tus Agentes Digitalizadores? ¿Quieres que gestionemos la ayuda por ti? Pulsa aquí o en la siguiente imagen y sigue los pasos que te indicamos, te asesoraremos sin ningún compromiso, ni coste.

Solicitar Kit Digital

Última modificación el 22 diciembre, 2022 por Expertos LOPD